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¿Qué permisos necesito para instalar placas solares?

¿Qué permisos necesito para instalar placas solares?

Instalar placas solares en casa es una decisión inteligente y cada vez más común en Extremadura. Sin embargo, uno de los aspectos que más dudas genera antes de dar el paso son los permisos y licencias necesarios.
¿Hace falta licencia de obra? ¿Qué documentos hay que presentar? ¿Y qué ocurre si instalo sin autorización previa?

La normativa española ha simplificado mucho los trámites en los últimos años, pero sigue siendo obligatorio legalizar la instalación para garantizar la seguridad, acceder a las subvenciones y cumplir con la legislación autonómica y municipal.

En 2026, la Junta de Extremadura y los ayuntamientos de Cáceres, Badajoz y otras localidades mantienen un marco legal favorable al autoconsumo solar, con tramitaciones más ágiles y bonificaciones fiscales que premian la energía limpia.

Esta guía te ayudará a comprender, paso a paso, qué permisos necesitas, cómo solicitarlos y qué errores debes evitar para que tu instalación sea 100 % legal y subvencionable.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., gestionamos todo el proceso —desde el proyecto técnico hasta la legalización y registro— para que disfrutes de tu sistema solar sin preocuparte por los trámites.

Índice

En esta guía encontrarás:

  • Qué permisos son obligatorios para instalar placas solares en una vivienda particular.
  • Qué diferencias existen entre una licencia de obra menor y una declaración responsable.
  • Qué documentación exige la Junta de Extremadura en 2026.
  • Qué plazos y tasas municipales aplican según el tipo de vivienda.
  • Cómo legalizar correctamente tu instalación y acceder a las ayudas disponibles.

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¿Qué permisos necesito para instalar placas solares en casa?

Aunque la instalación de placas solares es cada vez más sencilla, sigue siendo una actividad regulada.
Esto significa que necesitas ciertos permisos administrativos y técnicos para que tu sistema sea legal, seguro y subvencionable.

Los trámites varían ligeramente según el municipio y el tipo de vivienda, pero en general, cualquier instalación fotovoltaica doméstica debe cumplir tres fases clave:

  1. Permiso de obra o comunicación previa ante el ayuntamiento.

  2. Legalización eléctrica ante la administración autonómica (Junta de Extremadura).

  3. Registro de autoconsumo y comunicación con la distribuidora eléctrica.

A continuación, te explicamos en detalle qué implica cada uno.

Trámites generales en toda España

Según el Real Decreto 244/2019 (y sus actualizaciones de 2025), toda instalación solar conectada a red debe estar legalmente registrada.
Esto permite acceder al sistema de compensación de excedentes y a las subvenciones públicas.

Permisos mínimos exigidos a nivel nacional:

  • Licencia o comunicación de obra menor.
    Es obligatoria en la mayoría de los municipios antes de iniciar la instalación.

  • Proyecto técnico o memoria de instalación.
    Redactado por un técnico autorizado y visado si la potencia supera los 10 kWp.

  • Certificado de instalación eléctrica (CIE).
    Emitido por la empresa instaladora una vez finalizada la obra.

  • Registro de autoconsumo.
    Trámite ante la comunidad autónoma y comunicación con la distribuidora eléctrica.

En el caso de viviendas particulares con menos de 10 kWp de potencia, el proceso es simplificado y telemático, lo que reduce los plazos a pocas semanas.

Licencias y autorizaciones en Extremadura

En Extremadura, los trámites se gestionan ante dos administraciones principales:

  1. El ayuntamiento (permiso de obra o comunicación previa).

  2. La Junta de Extremadura (legalización y registro de autoconsumo).

Permiso municipal de obra menor

  • La mayoría de los municipios, como Cáceres, Badajoz, Mérida o Plasencia, exigen una declaración responsable o licencia de obra menor.

  • Este permiso se solicita antes del inicio de la instalación.

  • Se abona la tasa municipal y, en su caso, el ICIO, que puede bonificarse hasta en un 95 %.

Registro autonómico de autoconsumo

Una vez instalada y certificada la instalación, se debe presentar ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas:

  • El Certificado de Instalación Eléctrica (CIE).

  • El número de expediente asignado por el instalador.

  • Los datos del inversor, potencia y ubicación.

La Junta dispone de plataforma telemática para este trámite, que suele completarse en 5 a 15 días.

Permisos específicos según el tipo de vivienda

Viviendas unifamiliares o adosadas

Son las más sencillas de tramitar: basta con la declaración responsable y la documentación técnica de la instalación.
No requieren autorización previa de otros propietarios.

Viviendas en comunidad (pisos o áticos)

Se necesita el acuerdo de la comunidad de propietarios, aprobado por mayoría simple (Ley de Propiedad Horizontal, art. 17).
En caso de autoconsumo compartido, el técnico debe definir los coeficientes de reparto energético entre vecinos.

Viviendas en suelo rústico

Para instalar placas solares en suelo rústico, algunos ayuntamientos pueden exigir informe de compatibilidad urbanística.
En estos casos, la tramitación puede prolongarse varias semanas.

¿Necesito permiso de la comunidad de propietarios?

Si vives en un edificio con elementos comunes (tejado o cubierta), sí.
La instalación de placas solares sobre un tejado compartido requiere:

  • Autorización de la comunidad de vecinos.

  • Proyecto técnico que justifique la no afectación estructural.

  • Reparto claro del uso energético si se trata de autoconsumo compartido.

En viviendas con terrazas privativas o áticos, la autorización solo es necesaria si la instalación afecta a elementos comunes o a la estética del edificio.

En resumen, cualquier instalación solar requiere un permiso municipal y una legalización eléctrica, aunque el proceso es cada vez más ágil gracias a la tramitación electrónica y la simplificación administrativa.
La clave está en contar con una empresa instaladora homologada, que gestione los trámites ante el ayuntamiento, la Junta de Extremadura y la distribuidora eléctrica de forma integral.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., ofrecemos un servicio llave en mano, ocupándonos de todos los permisos y registros para que puedas disfrutar de tu instalación sin complicaciones.

Tipos de licencias de obra según el municipio

Antes de instalar placas solares en una vivienda, el primer paso administrativo es comunicar la obra al ayuntamiento.
Dependiendo del municipio y del tipo de instalación, este trámite puede realizarse mediante una declaración responsable o una licencia de obra menor.

Ambas opciones son válidas y tienen el mismo objetivo: garantizar que la instalación cumpla la normativa urbanística y de seguridad local.
En Extremadura, la mayoría de los municipios ya han simplificado este proceso para fomentar la energía solar residencial.

Declaración responsable o comunicación previa

Es el trámite más habitual y sencillo para instalaciones fotovoltaicas en viviendas particulares.
Consiste en presentar una comunicación por escrito al ayuntamiento informando del inicio de las obras, junto con la documentación técnica del proyecto.
La autorización se considera automática, por lo que no es necesario esperar a una resolución.

Documentos habituales que solicita el ayuntamiento:

  • Formulario de comunicación de obra o modelo oficial.

  • DNI del titular o propietario.

  • Memoria técnica o proyecto de la instalación.

  • Presupuesto o factura proforma.

  • Plano o croquis de ubicación.

Ventajas:

  • Trámite rápido (48–72 horas).

  • Sin inspección previa.

  • Coste reducido o exento en algunos municipios.

Ejemplo real:

En el Ayuntamiento de Cáceres, las instalaciones de autoconsumo residencial se tramitan mediante declaración responsable de obra, con una tasa simbólica de gestión administrativa.

Licencia de obra menor: cuándo es obligatoria

Aunque la mayoría de municipios permiten la comunicación previa, algunos ayuntamientos todavía exigen una licencia de obra menor si:

  • La instalación modifica la estética de la fachada o la cubierta.

  • Se realiza en un edificio protegido o en zona de interés histórico.

  • El inmueble se encuentra dentro del casco antiguo o en suelo rústico.

En estos casos, la licencia requiere resolución expresa del ayuntamiento, con un plazo medio de 10 a 30 días.
La documentación suele ser similar, pero debe incluir un proyecto técnico visado y la autorización urbanística.

Ejemplo real:

En Badajoz, las instalaciones en el centro histórico o sobre cubiertas visibles desde la vía pública requieren licencia de obra menor y, en algunos casos, informe del área de Urbanismo.

Tasas y bonificaciones municipales en Cáceres y Badajoz

Además de la licencia, los ayuntamientos aplican dos impuestos asociados a las obras:

  1. Tasa por tramitación urbanística (gestión administrativa).

  2. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

El ICIO se calcula sobre el presupuesto de ejecución material (PEM) de la instalación y oscila entre el 2 % y el 4 %.
Sin embargo, muchos ayuntamientos extremeños ofrecen bonificaciones de hasta el 95 % para promover el autoconsumo.

MunicipioTipo de licenciaBonificación ICIOBonificación IBIObservaciones
CáceresDeclaración responsableHasta 95 %Hasta 50 %Comunicación previa online.
BadajozLicencia obra menor (casco histórico)Hasta 90 %Hasta 40 %Requiere visado técnico.
MéridaDeclaración responsableHasta 95 %Hasta 50 %Tramitación telemática.
PlasenciaDeclaración responsableHasta 90 %Hasta 45 %Incentivos en zonas residenciales.
ZafraLicencia de obra menorHasta 85 %Hasta 45 %Bonificaciones sujetas a presupuesto.

Consejo experto:
Antes de iniciar la obra, consulta las bonificaciones disponibles y solicita que se apliquen en el mismo momento del trámite para no pagar tasas innecesarias.

Casos especiales: edificios protegidos o entornos históricos

En edificios catalogados o en zonas de protección patrimonial, se requiere autorización adicional del Servicio de Patrimonio del ayuntamiento o de la Junta de Extremadura.
En estos casos:

  • El diseño debe respetar la estética del entorno.

  • Puede exigirse un informe de integración visual.

  • No se permiten estructuras metálicas visibles desde la calle.

En el casco antiguo de Cáceres, Patrimonio exige que los paneles solares no sean visibles desde la vía pública ni alteren la volumetría del edificio.

El tipo de licencia dependerá principalmente del municipio, el tipo de inmueble y la ubicación.
En la mayoría de los casos, basta con una declaración responsable para comenzar la instalación en pocos días.
Sin embargo, contar con una empresa instaladora homologada, como Energía y Calor Extremadura, S.L., garantiza que la documentación sea correcta y que el proceso se complete sin retrasos ni sanciones.

Documentación técnica y legal necesaria

Una instalación fotovoltaica no termina cuando se colocan los paneles sobre el tejado.
Para que sea legal, segura y subvencionable, debe contar con toda la documentación técnica y administrativa que exige la normativa española y autonómica.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., nos encargamos de elaborar, presentar y registrar todos los documentos necesarios ante los organismos competentes (Ayuntamiento, Junta de Extremadura e Industria), garantizando que la instalación cumpla con todos los requisitos legales y eléctricos.

Proyecto técnico o memoria de instalación

Todo sistema solar debe contar con una memoria técnica o proyecto técnico, dependiendo de su potencia y configuración.

  • Memoria técnica: válida para instalaciones de hasta 10 kWp en viviendas particulares.
    Elaborada por un instalador autorizado, incluye:

    • Potencia instalada y tipo de paneles.

    • Esquema unifilar eléctrico.

    • Cálculos de producción y rendimiento.

    • Descripción de inversor, estructura y protecciones.

    • Cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT).

  • Proyecto técnico visado: obligatorio para instalaciones de más de 10 kWp o en edificios de uso colectivo.
    Debe estar firmado por un ingeniero técnico industrial o superior y visado por su colegio profesional.

En la mayoría de viviendas extremeñas, la memoria técnica simplificada es suficiente, lo que agiliza la tramitación y reduce costes.

Certificado de instalación eléctrica (CIE)

El CIE (también conocido como boletín eléctrico solar) es el documento que acredita que la instalación cumple la normativa vigente y ha sido ejecutada por una empresa autorizada.

Incluye:

  • Datos del titular y de la vivienda.

  • Potencia instalada (en kWp).

  • Medidas de seguridad aplicadas.

  • Firma del instalador habilitado.

  • Fecha de finalización y número de registro.

Este certificado es imprescindible para:

  • Legalizar la instalación ante la Junta de Extremadura.

  • Solicitar las subvenciones y bonificaciones.

  • Tramitar la compensación de excedentes con la distribuidora.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., el CIE se entrega junto con la memoria técnica y la documentación del inversor para registrar la instalación de forma inmediata.

Registro de autoconsumo en la Junta de Extremadura

Una vez emitido el CIE, el instalador debe registrar la instalación en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Junta de Extremadura.

Trámite 100 % telemático, incluye:

  • CIE y memoria técnica.

  • Factura de instalación y justificante de titularidad.

  • Datos técnicos del sistema (paneles, inversor, potencia, ubicación).

  • Fotografía o croquis de la instalación.

Plazo medio de resolución: entre 5 y 15 días hábiles.
El resultado es un número de registro oficial, necesario para acceder a la compensación de excedentes.

Este trámite puede realizarse directamente por el instalador autorizado, por lo que el propietario no necesita intervenir ni desplazarse.

Comunicación con la distribuidora eléctrica

El último paso consiste en comunicar a la distribuidora eléctrica (Iberdrola Distribución, Endesa o Viesgo, según la zona) que la vivienda dispone de una instalación de autoconsumo.

La distribuidora:

  • Verifica el punto de conexión.

  • Configura el contador bidireccional.

  • Habilita la compensación de excedentes (venta de energía sobrante).

Una vez completado este proceso, la instalación queda plenamente operativa y legalizada.

Otros documentos complementarios

Dependiendo del municipio o de la tipología de la vivienda, pueden requerirse documentos adicionales:

  • Justificante de pago de tasas e impuestos (ICIO, urbanismo).

  • Certificado de eficiencia energética actualizado.

  • Autorización de la comunidad de propietarios (en caso de edificios compartidos).

  • Declaración responsable del instalador (garantía de cumplimiento normativo).

Todos estos documentos son gestionados de forma integral por Energía y Calor Extremadura, S.L., evitando errores y retrasos administrativos.

Tener toda la documentación en regla no solo evita sanciones, sino que permite acceder a ayudas y bonificaciones y garantiza que la instalación cumpla con los estándares técnicos y de seguridad exigidos.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., ofrecemos un servicio llave en mano que incluye la elaboración, legalización y registro de todos los documentos necesarios, para que puedas disfrutar de tu instalación solar con total tranquilidad y respaldo técnico.

Normativa actualizada y simplificación de trámites en 2026

El marco legal del autoconsumo en España ha cambiado profundamente en los últimos años.
Desde la aprobación del Real Decreto 244/2019, el proceso para instalar y legalizar placas solares se ha simplificado de forma notable, eliminando barreras como el antiguo “impuesto al sol” y facilitando el acceso a subvenciones y compensaciones por energía vertida a la red.

En 2026, tanto la normativa nacional como las directrices autonómicas de Extremadura consolidan un modelo de tramitación más ágil, electrónico y favorable al autoconsumo doméstico.

Real Decreto 244/2019 y sus actualizaciones

El Real Decreto 244/2019, que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España, sigue siendo la base legal vigente.
No obstante, en 2025 se publicaron modificaciones menores orientadas a agilizar los procedimientos administrativos y ampliar los beneficios fiscales.

Aspectos clave del RD 244/2019:

  1. Reconoce el derecho al autoconsumo sin cargos adicionales.
    Se eliminó definitivamente el llamado “impuesto al sol”.

  2. Introduce dos modalidades oficiales de autoconsumo:

    • Sin excedentes: la energía sobrante no se vierte a la red.

    • Con excedentes: permite vender la energía sobrante a la comercializadora.

  3. Simplifica los trámites para instalaciones de hasta 15 kWp conectadas a baja tensión.

  4. Permite el autoconsumo compartido, facilitando la instalación en comunidades de vecinos.

  5. Obliga a legalizar y registrar todas las instalaciones conectadas a red, aunque sean pequeñas.

En la práctica, el Real Decreto 244/2019 convirtió el autoconsumo en un derecho ciudadano y en una herramienta de ahorro energético accesible para todos los hogares.

Procedimiento simplificado de legalización

Gracias a las modificaciones introducidas entre 2023 y 2025, las instalaciones residenciales de menos de 10–15 kWp se benefician de un procedimiento abreviado.

Características del procedimiento simplificado:

  • No requiere proyecto técnico visado (solo memoria técnica).

  • No exige autorización de acceso y conexión.

  • Tramitación telemática ante la Junta de Extremadura.

  • Resolución automática tras validación del CIE.

Duración media total: entre 2 y 4 semanas desde la instalación hasta la legalización completa.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., la mayoría de los proyectos domésticos se legalizan en menos de 30 días gracias a este sistema electrónico unificado.

Normativa autonómica en Extremadura

La Junta de Extremadura, a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, adapta el marco nacional al contexto regional mediante normativa específica de tramitación.

Entre las principales mejoras en 2026 destacan:

  • Plataforma telemática unificada para autoconsumo, almacenamiento y ayudas.

  • Legalización simplificada para instalaciones residenciales hasta 15 kWp.

  • Coordinación directa con los ayuntamientos para validar las licencias de obra.

  • Integración automática con el registro estatal del Ministerio para la Transición Ecológica.

Además, la región promueve activamente el autoconsumo con:

  • Subvenciones directas (Next Generation y fondos autonómicos).

  • Bonificaciones del IBI e ICIO en los principales municipios.

  • Asesoramiento gratuito a través de la Oficina de Energía de Extremadura.

Plazos medios y procedimiento electrónico

La digitalización ha transformado la tramitación.
En 2026, la mayoría de los pasos se realizan de forma telemática, sin desplazamientos ni presentación física de documentos.

Plazos orientativos:

TrámiteOrganismoPlazo medio
Comunicación o licencia de obraAyuntamiento3–10 días
Legalización y registro CIEJunta de Extremadura5–15 días
Comunicación a distribuidoraIberdrola/Endesa10–20 días
Alta compensación de excedentesComercializadora1 mes aprox.

Con todos los documentos correctos, una instalación doméstica puede estar completamente legalizada en menos de 40 días hábiles.

Excepciones y casos especiales

Algunas situaciones requieren pasos adicionales:

  • Instalaciones en edificios protegidos o cascos históricos.
    Requieren informe de Patrimonio y aprobación municipal previa.

  • Autoconsumo colectivo en comunidades.
    Necesita acuerdo vecinal y contrato de reparto energético.

  • Sistemas aislados (sin conexión a red).
    No requieren registro autonómico, pero sí memoria técnica y CIE.

El marco normativo actual ofrece seguridad jurídica, rapidez y apoyo institucional para quienes deciden apostar por la energía solar.
Hoy, instalar placas solares en Extremadura es un proceso 100 % legal, electrónico y simplificado, siempre que se realice con una empresa acreditada.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., garantizamos que cada instalación cumple con todas las normativas vigentes y gestionamos los trámites de principio a fin, para que tu proyecto fotovoltaico sea seguro, subvencionable y conforme a la ley.

Ayudas y bonificaciones asociadas a la legalización

Además del ahorro energético, una instalación solar correctamente legalizada permite acceder a importantes ayudas económicas y bonificaciones fiscales.
En 2026, la Junta de Extremadura, junto con los fondos europeos Next Generation EU y los ayuntamientos locales, mantiene varias líneas de incentivos que pueden reducir el coste real de una instalación hasta un 50 %.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., gestionamos de forma integral todas las solicitudes de subvención, para que nuestros clientes aprovechen al máximo las ayudas disponibles y no pierdan ningún beneficio por falta de documentación o plazos.

Subvenciones autonómicas al autoconsumo en Extremadura

Las ayudas autonómicas de la Junta de Extremadura están destinadas a fomentar el autoconsumo y la generación distribuida en viviendas particulares.
Estas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y los fondos Next Generation EU.

Características principales (vigentes en 2026):

  • Ayuda base: hasta el 40 % del coste subvencionable.

  • Ayuda con almacenamiento (baterías): hasta el 55 %.

  • Modalidades admitidas: autoconsumo individual, colectivo y con excedentes.

  • Potencia máxima subvencionable: 10 kWp para viviendas particulares.

  • Tramitación: telemática a través del portal oficial de la Junta de Extremadura.

Gastos cubiertos:

  • Paneles solares, inversor y estructura.

  • Instalación eléctrica y protecciones.

  • Proyecto técnico y legalización.

  • Gestión administrativa y registro.

Plazo medio de concesión: entre 3 y 6 meses desde la solicitud, con abono de la ayuda una vez finalizada la instalación.

Fondos europeos Next Generation (Programa IDAE)

El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) coordina los fondos europeos destinados a la transición energética.
En Extremadura, estos fondos se canalizan a través de convocatorias autonómicas periódicas, abiertas tanto a particulares como a empresas.

Cuantías orientativas:

  • Viviendas residenciales: 35–45 % del coste total.

  • Instalaciones con baterías: hasta el 55 %.

  • Sistemas colectivos: hasta el 45 %.

Ejemplo real:
Un propietario de una vivienda unifamiliar en Badajoz con una instalación de 5 kWp (6.800 €) puede obtener una subvención del 40 %, reduciendo el coste neto a 4.080 €.
Con un ahorro anual de 1.000 €, la inversión se amortiza en apenas 4 años.

Estas ayudas son compatibles con las bonificaciones municipales y deducciones fiscales, siempre que se justifique correctamente la documentación.

Bonificaciones fiscales municipales (IBI e ICIO)

Muchos ayuntamientos extremeños aplican reducciones fiscales directas a las viviendas que instalan sistemas de autoconsumo.
Estas bonificaciones se aplican tanto al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) como al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO).

MunicipioBonificación IBIBonificación ICIODuraciónObservaciones
CáceresHasta 50 %Hasta 95 %3 añosDeclaración responsable simplificada.
BadajozHasta 40 %Hasta 90 %3 añosLicencia de obra menor en zonas protegidas.
MéridaHasta 50 %Hasta 95 %4 añosSolicitud telemática disponible.
PlasenciaHasta 45 %Hasta 90 %3 añosIncentivos específicos para viviendas familiares.
ZafraHasta 45 %Hasta 85 %3 añosBonificación sujeta a presupuesto municipal.

Requisitos generales:

  • Instalar sistemas certificados y legalizados.

  • Presentar el CIE (Certificado de Instalación Eléctrica) y la licencia de obra.

  • Solicitar la bonificación dentro del plazo (normalmente 30 días tras finalizar la obra).

Estas bonificaciones se gestionan en el propio ayuntamiento, y pueden combinarse con las ayudas autonómicas y europeas.

Deducciones fiscales por eficiencia energética

Además de las subvenciones y bonificaciones locales, el Gobierno de España permite aplicar deducciones en el IRPF por obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda.

En 2026, las deducciones vigentes son:

  • Hasta el 40 % por reducción del consumo de energía primaria no renovable.

  • Hasta el 60 % si la vivienda obtiene una calificación energética A o B.

Estas deducciones se aplican sobre la base imponible del IRPF y son compatibles con las ayudas autonómicas y europeas.

El certificado de eficiencia energética actualizado debe emitirse antes y después de la obra, demostrando la mejora en la calificación.

Gestión integral de ayudas con Energía y Calor Extremadura, S.L.

El proceso administrativo de solicitud de ayudas puede ser complejo: plazos, compatibilidades, documentación técnica, justificaciones de pago, etc.
Por ello, en Energía y Calor Extremadura, S.L. nos encargamos de todo el proceso de gestión, desde la preparación de expedientes hasta la presentación y seguimiento de las ayudas.

Nuestro servicio incluye:

  • Elaboración del expediente técnico y económico.

  • Presentación telemática ante la Junta de Extremadura.

  • Comunicación con el IDAE y los ayuntamientos.

  • Seguimiento del expediente hasta la resolución y cobro.

Más del 90 % de nuestros proyectos en 2025 y 2026 han obtenido subvención aprobada con éxito, reduciendo significativamente el coste final para el cliente.

En 2026, la combinación de subvenciones autonómicas, fondos europeos y bonificaciones fiscales convierte la energía solar en una inversión más rentable que nunca.
Con una instalación correctamente legalizada y tramitada, el ahorro inicial puede alcanzar hasta el 50 % del coste total, y el retorno de inversión se reduce a menos de cinco años.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., nos encargamos de todos los trámites para que tu instalación sea segura, subvencionada y rentable desde el primer día.

Consejos prácticos para no tener problemas con los permisos

Aunque el proceso de instalación de placas solares es hoy más sencillo que nunca, muchas solicitudes de permiso o subvención siguen siendo rechazadas por errores evitables: documentación incompleta, licencias incorrectas o falta de registro.
En Energía y Calor Extremadura, S.L., tramitamos decenas de instalaciones cada mes y conocemos de primera mano los pasos y requisitos que garantizan que todo el proceso se desarrolle sin incidencias.

Estos son los errores más comunes y cómo evitarlos si vas a instalar tu sistema solar en Cáceres, Badajoz o cualquier otro municipio de Extremadura.

1. No iniciar la instalación sin licencia o comunicación previa

Es un error habitual comenzar la instalación antes de presentar la declaración responsable o la licencia de obra menor.
Aunque el trámite se resuelve rápidamente, hacerlo sin notificar puede generar sanciones o demoras en la legalización.

Recomendación:
Presenta siempre la comunicación previa con al menos 48 horas de antelación. En la mayoría de municipios extremeños, el trámite puede hacerse online y no requiere esperar resolución.

En Cáceres y Mérida, las instalaciones residenciales se autorizan automáticamente al presentar la documentación.

2. Verificar la titularidad y datos de la vivienda

La solicitud de permisos debe presentarse a nombre del propietario del inmueble.
Si la factura de la luz está a nombre de otra persona o empresa, será necesario acreditar la titularidad mediante escritura, contrato de compraventa o nota simple del Registro de la Propiedad.

Consejo experto:
En comunidades de vecinos, el acuerdo debe quedar reflejado en acta y firmarse antes de tramitar la instalación.

3. Comprobar las condiciones urbanísticas del inmueble

Cada municipio puede tener ordenanzas urbanísticas específicas.
Por ejemplo:

  • En zonas históricas o edificios protegidos, los paneles no pueden ser visibles desde la vía pública.

  • En suelo rústico, puede requerirse un informe de compatibilidad urbanística.

Recomendación:
Solicita siempre un informe previo en el ayuntamiento o deja que tu empresa instaladora lo haga por ti.
En Energía y Calor Extremadura, S.L., verificamos la ubicación y condiciones antes de presentar la documentación, evitando denegaciones posteriores.

4. Asegurarte de que el instalador esté homologado

Solo las empresas instaladoras autorizadas por la Junta de Extremadura pueden emitir el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), requisito imprescindible para legalizar y acceder a las ayudas.

Cómo comprobarlo:

  • Solicita el número de registro industrial (RETA/RAI) de la empresa.

  • Comprueba que esté inscrita en el registro de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

  • Exige factura desglosada y copia del CIE.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., todos nuestros técnicos están acreditados y las instalaciones se entregan con documentación completa y visada.

5. Revisar la documentación antes de presentar la solicitud

Pequeños errores en la documentación (fechas, datos de potencia, firmantes) pueden retrasar semanas la tramitación de subvenciones o registros.

Checklist mínimo antes de enviar:

  • Memoria técnica o proyecto firmado.

  • CIE correcto y firmado digitalmente.

  • Copia de DNI del titular.

  • Factura con desglose de materiales e IVA.

  • Justificante de licencia o declaración responsable.

Un error frecuente: no adjuntar el justificante de pago de tasas municipales (ICIO). Sin este documento, algunas solicitudes de ayuda se rechazan automáticamente.

6. No olvidar el registro de autoconsumo y la comunicación a la distribuidora

Legalizar la instalación ante la Junta de Extremadura no basta: también es necesario comunicarla a la distribuidora eléctrica (Iberdrola o Endesa, según la zona).
Este paso permite activar la compensación de excedentes (venta de energía sobrante) y ajustar la facturación eléctrica.

Consejo:
Tu empresa instaladora puede gestionar este proceso directamente, evitando errores de conexión o retrasos en el alta de autoconsumo.

Guardar copias de toda la documentación

La documentación de la instalación (proyecto, certificados, registro y factura) debe conservarse durante al menos cinco años.
Servirá para:

  • Justificar ayudas o deducciones fiscales.

  • Tramitar futuras ampliaciones o mantenimiento.

  • Reclamar garantías de paneles o inversores.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., entregamos todos los documentos en formato digital y físico, junto con el número de registro y las garantías oficiales.

Instalar placas solares con todas las garantías legales no es complicado, pero requiere orden, rigor y experiencia técnica.
Evitar errores en los permisos y la documentación no solo ahorra tiempo y dinero, sino que garantiza el acceso a todas las ayudas y bonificaciones disponibles.

Por eso, confiar en una empresa especializada como Energía y Calor Extremadura, S.L. es la mejor forma de asegurar que tu proyecto sea seguro, legal y rentable desde el primer día.

Conclusión: instalar placas solares de forma legal y segura

Instalar placas solares en casa ya no es un proceso complejo ni reservado a grandes proyectos.
En 2026, gracias a la normativa actual y a los programas de ayudas, cualquier vivienda en Extremadura puede producir su propia energía con garantías legales, seguridad eléctrica y respaldo económico.

Cumplir con los permisos y trámites no es una barrera, sino una garantía de calidad y rentabilidad.
Una instalación correctamente legalizada:

  • Cumple con los estándares eléctricos y de seguridad.

  • Accede a todas las ayudas autonómicas y europeas.

  • Genera valor añadido al inmueble y revalorización patrimonial.

  • Permite compensar excedentes y reducir la factura desde el primer mes.

En resumen, una instalación solar legalizada es sinónimo de inversión segura, ahorro sostenible y tranquilidad a largo plazo.

Energía y Calor Extremadura, S.L.: tu socio energético de confianza

Como empresa extremeña especializada en autoconsumo residencial, en Energía y Calor Extremadura, S.L. gestionamos todo el proceso para que no tengas que preocuparte por los trámites.

Nos encargamos de:

  • El estudio técnico gratuito de tu vivienda.

  • La tramitación completa de permisos, licencias y ayudas.

  • La instalación certificada y legalización ante Industria.

  • El registro de autoconsumo y comunicación con la distribuidora.

  • El seguimiento postinstalación y mantenimiento.

Con sedes en Cáceres y Badajoz, atendemos proyectos en toda Extremadura con un enfoque cercano, transparente y profesional.

Nuestro compromiso es claro: que cada cliente disfrute de una instalación solar segura, rentable y completamente legalizada, sin preocuparse de la burocracia.

Beneficios resumidos de hacerlo con un instalador autorizado

VentajaDescripción
Legalización garantizadaCumplimiento completo del RD 244/2019 y normativa autonómica.
Acceso a ayudasGestión integral de subvenciones y bonificaciones IBI/ICIO.
Seguridad técnicaInstalación con CIE y componentes certificados CE.
Ahorro inmediatoReducción del 50–80 % en la factura eléctrica.
Apoyo localEmpresa con presencia real en Cáceres y Badajoz.

Dar el paso hacia el autoconsumo no solo reduce tus costes, sino que contribuye activamente a una Extremadura más sostenible y energéticamente independiente.
Y hacerlo de forma legal, profesional y acompañada por expertos locales, garantiza que tu inversión esté protegida desde el primer día.

En Energía y Calor Extremadura, S.L., convertimos tu decisión de apostar por la energía solar en un proceso claro, rápido y sin complicaciones.

FAQs Permisos necesarios para instalar placas solares

1. ¿Cuánto cuesta tramitar los permisos para instalar placas solares?

El coste de los permisos varía según el municipio. En la mayoría de ayuntamientos extremeños, el trámite de licencia o declaración responsable tiene un coste simbólico entre 30 y 80 euros, aunque en muchos casos puede estar bonificado al 100 %.
Además, el impuesto de obras (ICIO) suele ser deducible o bonificable hasta un 95 %.

2. ¿Cuánto tiempo tarda todo el proceso de permisos y legalización?

El plazo total depende del municipio y la potencia instalada, pero una instalación doméstica estándar se legaliza en entre 3 y 6 semanas.
Gracias a la tramitación telemática y al procedimiento simplificado en Extremadura, muchas instalaciones están listas para operar en menos de un mes.

3. ¿Qué ocurre si compro una casa con placas solares no legalizadas?

Si la instalación no está legalizada, el nuevo propietario debe regularizarla para poder acceder a compensaciones, subvenciones y garantías.
El proceso consiste en registrar la instalación, emitir el CIE y presentar la documentación ante la Junta de Extremadura.
En Energía y Calor Extremadura, S.L., ayudamos a legalizar instalaciones antiguas o irregulares.

4. ¿Se pueden instalar placas solares en viviendas en alquiler?

Sí, siempre que el propietario del inmueble dé su autorización por escrito.
El contrato debe especificar la titularidad de la instalación y los derechos sobre la energía generada.
En viviendas alquiladas con consumo eléctrico propio (por ejemplo, adosadas o chalets), el inquilino puede beneficiarse directamente del autoconsumo.

5. ¿Qué diferencia hay entre un instalador autorizado y uno no homologado?

Un instalador autorizado está registrado en la Dirección General de Industria, Energía y Minas y puede emitir el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE), requisito legal para registrar el sistema.
Los instaladores no homologados no pueden legalizar ni tramitar subvenciones.

Trabajar con una empresa acreditada, como Energía y Calor Extremadura, S.L., garantiza que tu instalación cumpla con toda la normativa y pueda acceder a ayudas.

6. ¿Es necesario un seguro específico para las placas solares?

No es obligatorio, pero sí recomendable.
La mayoría de pólizas de hogar cubren ya daños por tormentas o robo de paneles, aunque conviene notificar la instalación a la aseguradora.
Algunas compañías ofrecen coberturas adicionales por pérdida de producción o daños eléctricos.

7. ¿Qué pasa si cambio de compañía eléctrica tras instalar placas solares?

No hay problema: el contrato de autoconsumo se mantiene activo.
Solo deberás comunicar el cambio a la nueva comercializadora, que actualizará tus datos en el registro de compensación de excedentes.
El número de registro de autoconsumo (emitido por la Junta) sigue siendo válido.

8. ¿Se pueden instalar placas solares si el tejado es compartido con otro vecino?

Sí, siempre que exista un acuerdo por escrito entre los propietarios.
La instalación puede destinarse a autoconsumo compartido, donde cada vecino recibe una parte proporcional de la energía generada.
Este modelo está regulado por el Real Decreto 244/2019 y puede tramitarse también en Extremadura.

9. ¿Qué mantenimiento administrativo tienen los permisos una vez concedidos?

Ninguno.
Una vez obtenida la licencia de obra y completado el registro autonómico, la instalación queda legalizada de forma permanente.
Solo si se amplía la potencia o se modifican los equipos debe actualizarse el registro o la licencia.

10. ¿Cuáles son las sanciones por instalar sin permisos?

Las sanciones varían según el municipio, pero suelen incluir:

  • Multas de 600 a 6.000 euros según la gravedad.

  • Suspensión temporal de la instalación.

  • Obligación de regularizar o desmontar el sistema.

Por eso, siempre se recomienda realizar la instalación con una empresa que gestione correctamente la licencia, el CIE y el registro.

Ernesto Correa Díaz

Ingeniero Técnico de Obras Públicas y apasionado de las energías renovables hasta el punto de crear mi propia empresa. Especializado en el estudio y dimensionamiento de obras, autoconsumo fotovoltaico, sistemas de calefacción con energías renovables.

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